cuáles son las 41 obras sociales habilitadas y cómo afiliarse


El régimen de monotributo en Argentina incluye dentro de la cuota mensual el pago obligatorio del componente de obra social. De este modo, toda persona inscripta en el régimen simplificado para pequeños contribuyentes realiza aportes destinados a la cobertura de salud y puede optar por una entidad habilitada para recibir monotributistas. La afiliación se encuentra sujeta a las condiciones y requisitos establecidos por la normativa vigente.
A partir de diciembre de 2024, rige el registro obligatorio de obras sociales habilitadas para monotributistas, dispuesto por el Decreto 955/2024. El sistema establece que únicamente las entidades inscriptas en ese registro pueden brindar cobertura médica a quienes tributan bajo el monotributo. La medida fue implementada con el objetivo de ordenar la oferta de prestadores disponibles dentro del sistema y definir qué instituciones pueden recibir los aportes correspondientes al componente de salud.
Según datos actualizados a febrero de 2026 por la Superintendencia de Servicios de Salud, son 41 las obras sociales que se encuentran habilitadas para afiliar monotributistas. El listado vigente no registró modificaciones durante los primeros días de febrero y mantiene la nómina informada al 29 de noviembre de 2025.
Obras sociales habilitadas para monotributistas en 2026
De acuerdo con el registro oficial, las entidades que aceptan afiliados bajo el régimen simplificado son las siguientes:
- Obra Social de la Asociación Civil Prosindicato de Amas de Casa de la República Argentina
- Obra Social Profesionales del Turf de la República Argentina
- Obra Social de los Trabajadores de la Carne y Afines de la República Argentina
- Obra Social Asociación Mutual de los Obreros Católicos Padre Federico Grote
- Obra Social de Conductores Titulares de Taxis de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
- Obra Social Programas Médicos Sociedad Argentina de Consultoría Mutual
- Obra Social de la Prevención y la Salud
- Obra Social del Personal de Barracas de Lanas, Cueros y Anexos
- Obra Social de Operadores Cinematográficos
- Obra Social de Colocadores de Azulejos, Mosaicos, Graniteros, Lustradores y Porcelaneros
- Obra Social del Personal de Distribuidoras Cinematográficas de la República Argentina
- Obra Social para el Personal de la Industria Forestal de Santiago del Estero
- Obra Social de Maquinistas de Teatro y Televisión
- Obra Social de Músicos
- Obra Social de Comisarios Navales
- Obra Social de Trabajadores de Prensa de Buenos Aires
- Obra Social del Personal de Prensa de Mar del Plata
- Obra Social de Empleados de Prensa de Córdoba
- Obra Social de Agentes de Propaganda Médica de la República Argentina
- Obra Social de Viajantes Vendedores de la República Argentina (ANDAR)
- Obra Social del Personal de la Industria del Vidrio
- Obra Social de Trabajadores de Perkins Argentina S.A.I.C.
- Obra Social de Peones de Taxis de la Capital Federal
- Obra Social de Vendedores Ambulantes de la República Argentina
- Obra Social de Conductores de Remises y Autos al Instante y Afines
- Obra Social de Obreros y Empleados Tintoreros, Sombrereros y Lavaderos de la República Argentina
- Obra Social de Farmacéuticos y Bioquímicos
- Obra Social del Personal de Dirección de la Industria Cervecera y Maltera
- Obra Social del Personal Directivo de la Industria de la Construcción
- Obra Social del Personal de Dirección de la Industria Metalúrgica y demás Actividades Empresarias
- Obra Social de Empresarios, Profesionales y Monotributistas
- Obra Social Mutualidad Industrial Textil Argentina
- Obra Social Asociación de Servicios Sociales para Empresarios y Personal de Dirección de Empresas del Comercio, Servicios, Producción, Industria y Civil (ASSPE)
- Obra Social de Dirección (OSDO)
- Obra Social de Dirección de la Actividad Aerocomercial Privada
- Mutual Médica Concordia
- Asociación Mutual de Participantes de Economía Solidaria
- MET–Córdoba S.A.
- Asociación Mutual del Control Integral
- Administración Recursos para Salud S.A.
- Amsterdam Salud S.A.
La incorporación más reciente al listado fue Amsterdam Salud S.A., sumada a comienzos de 2026. Desde entonces, no se informaron nuevas altas ni bajas en el registro oficial.
Cómo funciona la cobertura de obra social en el monotributo
El componente de obra social forma parte del pago mensual que realizan los monotributistas junto con el impuesto integrado y el aporte previsional. Ese monto se destina a financiar prestaciones incluidas en el Programa Médico Obligatorio (PMO), que establece un piso de cobertura para todos los beneficiarios del sistema de obras sociales.
La persona inscripta puede elegir libremente entre las entidades habilitadas, siempre que la obra social acepte nuevos afiliados y cumpla con los requisitos administrativos. Una vez ejercida la opción, los aportes se derivan a la institución seleccionada.
El cambio de obra social también está permitido, aunque debe respetar los plazos y condiciones fijados por la normativa vigente. La gestión puede implicar la realización de trámites presenciales o digitales, según los procedimientos establecidos por cada entidad y por el organismo de control.
Trámite de afiliación: requisitos y documentación
Para formalizar la afiliación a una obra social habilitada, el monotributista debe presentar determinada documentación que acredite su inscripción y el pago del componente de salud. Los requisitos informados incluyen:
- Original y copia del último comprobante de pago del monotributo, donde conste el aporte a obra social.
- Documento Nacional de Identidad (DNI), original y copia.
- Formulario 184/F, disponible en el portal oficial del monotributo como constancia de alta.
- Formulario 152, correspondiente a la credencial de pago.
- Declaración jurada 300/97, que debe presentarse ante la Administración Nacional de la Seguridad Social.
La presentación de esta documentación permite iniciar el proceso de afiliación ante la obra social elegida. Cada entidad puede requerir formularios adicionales o establecer procedimientos internos complementarios, en línea con la regulación vigente.
Incorporación del grupo familiar y unificación de aportes
El régimen de monotributo contempla la posibilidad de extender la cobertura médica al grupo familiar primario. Para ello, el titular debe abonar un adicional por cada integrante que incorpore como beneficiario. Los montos se suman a la cuota mensual y permiten que cónyuge e hijos accedan a las prestaciones previstas por la obra social seleccionada.
Asimismo, la normativa habilita la unificación de aportes con el cónyuge, siempre que ambos estén afiliados a la misma obra social. En esos casos, los aportes pueden concentrarse en una sola entidad, lo que requiere cumplir con los procedimientos establecidos por la institución y por el organismo regulador.
Marco normativo y control del sistema
La implementación del registro obligatorio dispuesto por el Decreto 955/2024 estableció un mecanismo de control para determinar qué entidades pueden recibir aportes de monotributistas. El objetivo es garantizar que las obras sociales cumplan con las condiciones exigidas para operar dentro del sistema y brindar las prestaciones incluidas en el PMO.
La Superintendencia de Servicios de Salud es el organismo encargado de administrar el registro, fiscalizar el funcionamiento de las entidades y actualizar la nómina de prestadores habilitados. Las modificaciones en el listado, ya sea por incorporación o exclusión de obras sociales, se publican de manera oficial.
En este contexto, los monotributistas deben verificar que la obra social elegida figure en el registro vigente antes de iniciar el trámite de afiliación. La consulta puede realizarse a través de los canales oficiales del organismo de control.
Con 41 entidades habilitadas a febrero de 2026, el sistema de obra social para monotributistas mantiene su esquema de opción entre prestadores inscriptos. La afiliación requiere la presentación de documentación específica y el cumplimiento de los procedimientos definidos por cada institución y por la normativa nacional.
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