la aclaración de ARCA por recategorizaciones

El Ejecutivo explicó qué tipo de movimientos en plataformas digitales como Mercado Pago o similares pueden derivar en un cambio de categoría de oficio
27/02/2026 – 07:18hs

La reciente actividad de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) generó una fuerte incertidumbre entre los pequeños contribuyentes. En los últimos días, miles de usuarios de billeteras virtuales están en alerta por posibles recategorizaciones de oficio en el monotributo, lo que despertó el temor a que cualquier movimiento de dinero, incluso entre familiares o amigos, fuera interpretado como una venta no declarada.
Ante la escalada de dudas y reclamos en redes sociales, el Gobierno nacional decidió intervenir para llevar tranquilidad. A través de canales oficiales, se brindaron precisiones sobre qué operaciones son las que efectivamente el fisco tiene bajo la lupa y cuáles quedan totalmente exentas de los controles que pueden derivar en cambios de escala en el régimen simplificado.
ARCA y billeteras virtuales: qué transacciones no generan recategorización
Desde la cuenta de Respuesta Oficial en la red social X, el Ejecutivo fue tajante al calificar como «categóricamente falso» que se utilicen las transferencias de carácter personal para modificar la categoría de un monotributista. Según explicaron, el sistema de fiscalización no toma en cuenta movimientos vinculados a la esfera privada que no tengan una contraprestación comercial detrás.
Dentro de este grupo de operaciones que no se consideran para la facturación anual, se destacan los préstamos personales, los regalos de dinero y las propinas. Asimismo, los movimientos entre cuentas propias (transferencias de una billetera a un banco del mismo titular) y los envíos de dinero a familiares están protegidos por el principio de inocencia fiscal, por lo que no deberían impactar en la situación tributaria del contribuyente.
La aclaración busca desmitificar la idea de que ARCA realiza un seguimiento indiscriminado de cada peso que circula por plataformas como Mercado Pago, Ualá o Naranja X. El objetivo del organismo es detectar inconsistencias reales entre el nivel de vida o los ingresos bancarizados y lo que el usuario declara mensualmente en sus facturas.
Los puntos que sí controla ARCA en billeteras virtuales
Sin embargo, la advertencia oficial también dejó claro en qué casos sí se aplican las recategorizaciones de oficio. El foco está puesto exclusivamente en los cobros comerciales realizados a través de medios electrónicos. Esto incluye ingresos generados mediante terminales de cobro (POS), pagos con tarjeta de crédito o débito, y transacciones efectuadas a través de códigos QR vinculados a una actividad económica.
Cuando el total de estos cobros comerciales excede los límites permitidos para la categoría vigente, y el contribuyente no realizó la recategorización voluntaria en los plazos correspondientes, el organismo actúa automáticamente. El cruce de datos se realiza comparando la facturación emitida con el dinero que ingresa por estas plataformas digitales, detectando así posibles ventas en negro.
Para quienes hayan recibido una notificación y consideren que hubo un error, existe un plazo de 15 días hábiles para presentar un descargo. Es fundamental contar con documentación que respalde que los fondos en cuestión no provienen de una actividad comercial, como puede ser un comprobante de préstamo o la acreditación de una herencia, para evitar que el cambio de categoría quede firme.
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